martes, 20 de agosto de 2019


Normas Internacionales de Información Financiera NIIF
Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades
NIIF para las PYMES y NIIF COMPLETAS

En El Salvador son de obligatorio cumplimiento a partir del ejercicio que se inicio el 01 de enero de 2011, la NIIF para las PYMES en la elaboración de la información financiera de las entidades que no cotizan en bolsa y que no tienen responsabilidad pública de rendir cuentas y la NIIF en su versión Completa, para las entidades que cotizan en bolsa y tienen responsabilidad pública de rendir cuentas, conforme al acuerdo del Consejo de Vigilancia de la Profesión de Contaduría de fecha 07 de octubre de 2009, por medio del cual se estableció lo siguiente:

  • Aprobar la “adopción de las NIIF para PYMES” versión oficial en idioma español emitida por el IASB, “como requerimiento en la preparación de estados financieros con propósito general”
  • Aprobar la adopción de las NIIF versión Completa, versión oficial en idioma español emitida por el IASB, como requerimiento en la preparación de estados financieros con propósito


Esto quedó establecido en el Plan Integral preparado por este Consejo, el cual establecía lo siguiente:

ENTIDADES
PERIODOS
RESPECTIVOS
PLAZO PARA COMPLETAR EL PROCESO DE ADOPCIÓN
Las entidades que no cotizan en el mercado de valores, deberán presentar sus primeros estados financieros con base a normas internacionales de información financiera para pequeñas y medianas entidades, por el ejercicio que inicia el 01 de enero de 2011. Adopción anticipada de estas normas es permitida
Transición: 2010
Adopción: 2011
Dos años
Las entidades que cotizan en el mercado de valores, deberán presentar sus primeros estados financieros con base a normas internacionales de información financiera, por el periodo que inicia el 01 de enero de 2011. Adopción anticipada de estas normas es permitida
Transición: 2010
Adopción: 2011
Dos años
Aquellas entidades que no cotizan en el mercado de valores podrán adoptar voluntariamente las normas internacionales de información financiera


En el caso de los Bancos Del Sistema Y Los Conglomerados De Empresas Autorizadas Por La Superintendencia Del Sistema Financiero, así como los intermediarios financieros no bancarios y las sociedades de seguros, continuaran aplicando las normas contables emitidas por dicha superintendencia


Asimismo, las instituciones Administradoras de Fondos De Pensiones y los Fondos de Pensiones continuaran aplicando las normas contables establecidas por la superintendencia de pensiones


Las casas corredoras de bolsa, las sociedades de deposito y custodia de valores, almacenes generales de deposito y bolsa de valores continuaran aplicando las normas contables establecidas por la Superintendencia de Valores



Sobre la NIIF para las PYMES, puede obtenerse información útil  a través del sub-sitio web destinado a esta NIIF, dentro de la página del IASB acceso directo: 
http://www.ifrs.org/IFRS-for-SMEs/Pages/IFRS-for-SMEs.aspx


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